La Justicia rechazó las cautelares contra la Ley 10.078

La Justicia rechazó hoy las medidas cautelares contra la Ley 10.078 por considerar que no obran pruebas que demuestren que la norma perfore el porcentual del “núcleo duro” del 82% del sueldo líquido.

De esta manera, el Juzgado en lo Civil y Comercial de 49ª Nominación de la ciudad de Córdoba, a cargo de Leonardo González Zamar, desestimó las medidas solicitadas el pasado viernes por Arturo Florencio Ledesma y Mabel Haydée Guillot, ambos jubilados provinciales.

Representados por el abogado, Carlos Nayi; Ledesma y Guillot requirieron que se disponga una “medida cautelar de no innovar” y que la Caja de Jubilaciones de Córdoba efectúe las liquidaciones de los haberes jubilatorios a partir del mes de Agosto de 2012 absteniéndose de aplicar la disposición del art. 4 de la Ley 10.078, que establece el diferimiento del reajuste de los haberes de los beneficiarios a partir de los 180 días computados desde la fecha que fuera percibida la variación salarial por el personal en actividad.

Cabe destacar que los activos de la Municipalidad de Córdoba, sector al que pertenece Ledesma, no tienen pautados aumentos para el segundo semestre del año y el aumento salarial acordado a los municipales del SUOEM ya ha sido pagado. El querellante tiene un haber bruto de  $18.908,90.

La jubilada Mabel  Haydee Guillot es una maestra jubilada que tiene un haber bruto de $5.186. Se jubiló a los 52 años de edad en 1977, es decir que hace 34 años que recibe haberes de la Caja. Además, percibe una remuneración de Anses.