Ley de Mediación: se reunió la Comisión que trata su reforma

Se realizó en la jornada de hoy, en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el primer encuentro de la Comisión que llevará adelante la reforma a la Ley 8.858 de Mediación y que estuvo presidida por el titular de la cartera, Luis Angulo.

En la oportunidad, los participantes de la Comisión destacaron la importancia que tiene iniciar el proceso de reforma de la actual Ley de Mediación pues consideran que la “Mediación” es el método más eficaz y rápido para solucionar las controversias. De esta forma se deja a las partes que se encuentran en conflicto el lugar para que sean ellos quienes lo resuelvan evitando, con todo lo que ello implica, el procedimiento judicial.

Los expertos señalan que este recurso trae aparejado un abaratamiento de los costos en la solución de los conflictos. Además, deja el camino del proceso judicial como una solución extrema para el caso de que no se logre un acuerdo en mediación, lo cual coadyuvará a descomprimir el sistema judicial en el fuero Civil y Comercial. Por otra parte, junto a otras reformas que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene proyectadas y que está trabajando para su pronto tratamiento, se evalúa la mediación prejudicial obligatoria,  que significa un paso necesario para que el ciudadano pueda resolver sus conflictos en forma rápida y eficaz.

Los integrantes de esta Comisión sostienen que la mediación prejudicial obligatoria es una forma de ampliar cualitativa y cuantitativamente la cantidad de causas que se someten a mediación, excluyendo sólo aquellas en dónde se vea comprometido el orden público.

Cabe destacar que los cambios propuestos a la actual Ley de Mediación priorizan el diálogo en lugar de la confrontación como una forma madura de resolver las diferencias y en un marco de convivencia pacífica.

Es importante señalar que una vez consensuado el proyecto de reforma se podrá elevar al Poder Ejecutivo para luego ser derivado a la Legislatura para su posterior tratamiento.

Las mejoras del proyecto se pueden sintetizar en los siguientes puntos:

* Mediación prejudicial obligatoria previa a todo juicio en el fuero Civil, sin necesidad de entablar demanda (solo llenando un formulario) y sin ingresar en el proceso judicial.
*Posibilidad de ejecutar los acuerdos arribados en mediación sin necesidad de homologación.
*Simplificación del proceso de mediación (eliminación de la audiencia de sorteo de mediación; acortamiento del término de los plazos del proceso de mediación).
*Utilización de medios electrónicos para las notificaciones y a la vez se podrán realizar mediaciones a distancia.