Discapacidad: Salud actualizó protocolo de atención en instituciones

  • El ministerio especificó los lineamientos generales de bioseguridad en centros educativos terapéuticos, centros de día y centros con integración escolar.
  • La modalidad de tratamiento podrá ser dual, combinando la presencialidad con tele asistencia.
  • Destacan la importancia de respetar las medidas establecidas para garantizar la continuidad de la atención.

El Ministerio de Salud, a través de la Subsecretaría de Discapacidad, Rehabilitación e Inclusión, actualizó el protocolo para el tratamiento ambulatorio de rehabilitación integral de personas con discapacidad, en el contexto de pandemia por Covid.19.

A través de esta actualización, se establecen los lineamientos generales de organización y funcionamiento, en cuanto a la bioseguridad en el marco del tratamiento ambulatorio, de los diferentes establecimientos dedicados a los centros educativos terapéuticos, centros de día y centros con integración escolar que atienden a personas con discapacidad.

“Dadas las características que ha tomado la pandemia, al haber menos casos de Covid-19, y a pedido de todos los establecimientos y de los mismos padres de tener presencialidad, hemos contemplado aumentar la modalidad en burbujas para que asistan entre seis a ocho pacientes, en jornadas simples de cuatro horas”, expresó María Teresa Puga, subsecretaria de Discapacidad, Rehabilitación e Inclusión de Córdoba.

Modalidad del Tratamiento

La modalidad a implementar mantendrá una forma de tratamiento dual, combinando la presencialidad y la tele rehabilitación o tele asistencia, de manera progresiva hacia la forma presencial y de acuerdo a la evolución de los protocolos preestablecidos por el COE.

Para garantizar la continuidad de la atención presencial en estos establecimientos, los concurrentes tendrán como requisito:

  • Presentar a la institución un certificado del médico de cabecera, quien autorizará la incorporación a las actividades educativas y terapéuticas. Además, deberán tener el carnet de vacunación al día para evitar la concomitancia con otras enfermedades.
  • Están autorizadas sólo aquellas personas que puedan asegurar el uso de barbijo. Quienes no puedan usarlo serán atendidos de manera individual.
  • La modalidad de trabajo grupal se permitirá sólo en espacios físicos amplios o al aire libre con seis u ocho personas, siempre que puedan respetarse los cuatro metros cuadrados por persona, acatando el distanciamiento social de dos metros y el uso del barbijo.
  • En cuanto a la progresión de los tratamientos presenciales, se incorpora la modalidad de trabajo grupal y talleres. Por consiguiente, la propuesta para la presencialidad de los concurrentes es que se divida la población en  “burbujas”.

“Aquellos chicos que por alguna razón no contemplan la posibilidad de hacer caso al uso de los barbijos serán atendidos por la tarde de manera individual”, remarcó Puga.

Por su parte, la atención por tele asistencia continuará con el contacto efectivo a través de diferentes medios de comunicación y plataformas virtuales (vía telefónica, videollamadas, entre otras), con el objetivo de asegurar su asistencia de manera remota.

Cabe destacar que las familias podrán optar por la continuidad de esta modalidad a distancia, en caso de no desear la reincorporación de su hijo/a a la presencialidad, notificando la decisión a la Dirección de su servicio. Quienes opten por la incorporación deberán presentar Declaración Jurada establecida en el protocolo.

En relación a la concurrencia, la jornada simple será de cuatro horas, según el caso. Tanto para la institución como para los asistentes se resalta la importancia de cumplir con todos medidas de cuidado y los requisitos establecidos, entre ellos la organización del personal, los procesos de higienización y desinfección de ambas partes, como así también el plan de actuación ante caso sospechoso.

Puga agregó: “Todavía no se ha contemplado la habilitación de los comedores. Además, es importante mencionar que en las salas para cambiar pañales hay una acción individual que se debe desarrollar porque no pueden permanecer en la misma habitación más de dos personas por vez”.

Cabe mencionar que como condición previa para llevar adelante estos procesos de flexibilización establecidos, los municipios y comunas deberán sostener, en el marco de sus competencias, un estricto control sobre las instituciones que contienen a poblaciones vulnerables institucionalizadas, como, por ejemplo las residencias geriátricas, institutos de discapacidad, centros de salud municipales, hogares, residencias de menores y centros de diálisis, entre otros.

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