La Justicia falló a favor de Epec por la quita de subsidios

El juez federal de primera instancia, Alejandro Sánchez Freytes, dio lugar a la acción de amparo y falló a favor de la Empresa Provincial de Energía (Epec) en su intención de evitar que la Secretaría de Energía de la Nación, a través de Cammesa, aplique  multas y quita de subsidios en la misma proporción del aumento tarifario aplicado por la empresa de manera escalonada a los usuarios de Córdoba.

Epec inició la acción de amparo en contra del Ministerio de Planificación Federal- Secretaría de Energía de la Nación a fin de que se declare la inconstitucionalidad e inoponibilidad de las decisiones adoptadas por ésta, a través de las notas SE Nº 8752/11 y 199/12.

Sánchez Freytes advierte que los alcances de la medida adoptada por la Nación impiden un incremento de sus ingresos, condicionándola en sus facultades de fijar las tarifas de energía, en un claro acto de invasión de su competencia y jurisdicción. La distribución de energía y la asignación de la tarifa que se cobra por ello a los usuarios es jurisdicción provincial. El fallo favorable a Epec tiene una clara implicancia política ya que la Secretaría de Energía de la Nación aplicó a la empresa millonarias multas con el claro objetivo de provocar un severo daño económico.

Según argumentó el juez, si se eleva el costo que paga Epec por la compra de energía a Cammesa a través del cobro de multas y la reducción de los subsidios, y teniendo en cuenta que los aumentos tarifarios fueron aprobados por el Ersep, la acción de la cartera de Energía nacional es ilegítima y por tanto es inválida su finalidad porque no “está claro que responda al orden público”.

Aún cuando el fallo judicial no avanza en el terreno político, el pronunciamiento del juez evita el claro castigo que la Secretaría de Energía de la Nación intentó imponer a Epec.

Según el Juez Federal está convirtiéndose en una situación de abuso de poder por parte de la Nación, que vulnera el principio de igualdad y el derecho de propiedad de la empresa.

Para Sánchez Freytes, la Secretaría de Energía nacional cometió un acto irrazonable y arbitrario, sin fundamentos. Y advierte que no existe causa que legitime el trato diferenciado en relación a otras empresas de su tipo en el resto de las provincias del país. También lo juzga de inconstitucional, ya que viola el principio de igualdad contemplado por el artículo 16 de la Constitución Nacional, porque discrimina sin fundamento.