Río Cuarto: el Registro ya procesó más de 75 mil documentos

Esta mañana en el Centro Cívico de Río Cuarto, el director del Registro General de la Provincia, Carlos Rodríguez, presentó en conferencia de prensa el balance de la actividad registrada por el organismo en la ciudad desde que, en el mes de diciembre de 2012, se ampliaron sus facultades operativas para el procesamiento integral de documentos correspondientes a los departamentos Río Cuarto, General Roca, Presidente Roque Sáenz Peña y Juárez Celman.

En la oportunidad, el titular del Registro General de la Provincia dio a conocer los trámites necesarios para declarar un inmueble bajo el régimen jurídico de Bien de Familia. El servicio se realiza de manera gratuita en la delegación local del Registro y el resguardo a la vivienda familiar comienza a surtir efecto desde su inscripción en el Registro.

Desde su apertura, bajo esta nueva modalidad, la cantidad de documentos procesados por año en esta Delegación fue:

-Año 2013: 30.756 documentos procesados.

-Año 2014: 34.816 documentos procesados.

-Año 2015 (parcial): 12.214 documentos procesados hasta el 30-04-2015.

En la actualidad, la Delegación Río Cuarto procesa más del 90 por ciento de los documentos dentro del plazo de 60 días.

Durante la conferencia estuvieron presentes el secretario Administrativo del Centro Cívico, Marcos Farina; el presidente de la Agencia Córdoba Joven, Franco Miranda; Luis Domínguez, Secretario de Ingresos Públicos dependiente del Ministerio de Finanzas; Juan D`Amico, Jefe del Área de Sistemas; y el subdirector de la delegación Río Cuarto del RGP, Luciano Cocorda.

BIEN DE FAMILIA

Es un régimen jurídico regulado por la Ley Nacional N° 14.394. Tiene por objeto proteger patrimonialmente al núcleo familiar dado que impide que el inmueble -una vez afectado- sea ejecutado por deudas cuya causa obligacional sea de fecha posterior a la inscripción registral, ni aún en caso de concurso o quiebra.

¿En qué consiste el trámite de afectación?

La afectación de un inmueble bajo el régimen de Bien Familia es un trámite gratuito que se puede llevar a cabo mediante un acta administrativa que se celebra en dependencias del Registro General de la Provincia. El resguardo a la vivienda familiar comienza a surtir efectos desde su inscripción en el Registro.

¿Quién puede realizarlo?

-Todos los titulares registrales. Herederos declarados. Escribano Público.

-Todos los titulares registrales. En caso que existan usufructuarios y acrediten parentesco con los titular es dominiales del inmueble, también deben presentarse.

-En caso de fallecimiento del o los titulares registrales del inmueble, deberán comparecer todos los herederos declarados por auto interlocutorio.

-Condóminos convivientes que no son cónyuges (concubinos) y tienen al menos un hijo en común, siempre que cumplimenten con las exigencias previstas en los artículos 34, 36 y 43 de la Ley N° 14394 y designen a éste como beneficiario.

-Escribano Público.

¿El trámite en el Registro tiene algún costo?

No, no requiere de asesoramiento profesional y es absolutamente gratuito en dependencias del Registro General.

¿Cómo puedo asesorarme o constituir Bien de Familia en la Delegación Río Cuarto?

Los propietarios de inmuebles ubicados en los Departamentos Río Cuarto, Presidente Roque Sáenz Peña, General Roca, Juárez Celman y Calamuchita, pueden hacerlo en la Delegación Río Cuarto, a tal fin pueden obtener turnos para “asesoramiento” o “constitución” sin necesidad de concurrir a la delegación, comunicándose gratuitamente al teléfono 0800-888-1234.