Rige régimen de edición electrónica del Boletín Oficial

Semanas atrás la Legislatura provincial sancionó la Ley 10074 de Régimen de la Edición Electrónica de Boletín Oficial, que apunta a garantizar el acceso universal y permanente de la información publicada por ese órgano.

La norma estableció que la edición electrónica tiene “carácter oficial, obligatoria y auténtica”. Asimismo, prevé que el boletín se publicará en forma electrónica en la página oficial del Gobierno de la Provincia de Córdoba.

El nuevo marco normativo aprobado por el cuerpo legislativo reemplazó a antiguas disposiciones que databan de mediados de 1930. En el texto se detallan las disposiciones relativas a la publicación de los actos y documentos de carácter oficial.

Se contempló que la información contenida en la edición electrónica se dividirá en cuatro secciones: Legislación y Normativa; Judiciales; Sociedades – Personas Jurídicas – Asambleas y otras; y Concesiones, licitaciones, servicios públicos y contrataciones en general.

La edición electrónica del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba “estará disponible para su consulta en los lugares, condiciones, términos y número que se establezca por vía reglamentaria”, sostiene la ley.

99 años de historia

Su creación se remonta al año 1913, ley 2295 del 17 de septiembre de 1913, con el fin de realizar un diario que sea «la publicación de las Leyes, Decretos, Resoluciones, Informes y demás datos que den a conocer el estado y movimiento de la administración pública», como así también una «sección judicial, donde se publicará los edictos y todo otro documento cuya publicación sea legalmente ordenada».

Se publicarán también «Los avisos oficiales de Gobierno; Las Resoluciones y Decretos de las Cámaras Legislativas; Los Estatutos, Balances y Convocatorias de las Sociedades Anónimas, y todos los avisos y documentos que sin ser de origen judicial, deban publicarse por disposición de los Códigos
y Leyes vigentes».

El 21 de marzo de 1947, a través del Decreto 870 – Serie A – se reglamenta el funcionamiento, organización y tarifas del Boletín Oficial.

El 21 de marzo de 1968, a través del decreto 6354 – Serie A – se autoriza al Boletín Oficial a publicar en forma sintetizada los decretos y resoluciones que signifiquen actos administrativos de carácter particular.

El 10 de noviembre de 1971, a través del decreto 4173, se crea la imprenta del Estado, que funcionará en el ámbito del Boletín Oficial.