Operativo por erosión en un campo del sur provincial

  • Fue en un establecimiento cercano a Villa Huidobro.
  • Inspectores de la dirección de Fiscalización y Control del Ministerio de Agricultura y Ganadería constataron erosión hídrica y eólica.
  • El titular deberá ahora presentar un plan predial de uso de suelo.

Un equipo de inspectores de la dirección general de Fiscalización y Control dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia, realizó ayer un operativo de relevamiento y constatación en un campo ubicado en inmediaciones de la localidad de Villa Huidobro, en el departamento General Roca del sur cordobés.

En el procedimiento, se verificó un estado de avance de erosión hídrica y eólica sobre los suelos, a causa de un mal manejo productivo del establecimiento, en el que se desarrollan actividades tanto agrícolas como ganaderas.

Los agentes, en cumplimiento con la ley provincial 8936 de Conservación de Suelos, cuya autoridad de aplicación es la cartera provincial, realizaron un recorrido exhaustivo en un área que abarca más de 4.000 hectáreas. Allí, se pudo observar la presencia de médanos, de zonas en las que se están formando otros, y amplias superficies de tierra degradada.

A causa de lo actuado, se labró un acta en la que se deja establecido el detalle del daño ocasionado, y en la que se determina la obligación del titular del campo a presentar un Plan Predial de Remediación ante las autoridades de la Dirección de Conservación de Suelos y Manejo de Aguas, también dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería, tal como lo indica la ley para superficies propensas a este tipo de fenómenos.

El operativo contó con el apoyo de efectivos de la Patrulla Rural División Sur de la Policía de la Provincia, y pudo realizarse con normalidad y ante la presencia de los propietarios. Los inspectores arribaron al establecimiento a raíz de un trabajo permanente de monitoreo que incluye la colaboración de otros estamentos, como el INTA. Este caso se suma a otros anteriores en los cuales también actuó, ya sea de oficio o por denuncias, la cartera agropecuaria, y por los que hay varios productores sancionados y otros en proceso de sanción.

Amplias zonas del sur provincial constituyen áreas con características que las tornan frágiles para el avance del fenómeno erosivo, sobre todo si no se realiza un buen manejo del suelo por parte de los propietarios de los campos. Además, este establecimiento en particular se encuentra situado en el distrito de recuperación de suelos denominado “Córdoba Eólica”, creado por resolución ministerial.

Cabe destacar que la ley 8936 delega en el Ministerio de Agricultura y Ganadería la posibilidad de crear distritos de recuperación, en los que hay que extremar las medidas de cuidado de la tierra.

Además, en el trabajo conjunto para el cuidado de este vital recurso, se suma la importante tarea que realizan en el sur de la provincia los denominados Consejos Regionales de Conservación de Suelos. Hoy funcionan los de los departamentos Roque Sáenz Peña, Juárez Celman, General Roca y Río Cuarto. Estos dos últimos llevan adelante una intensa tarea realizada en la zona del procedimiento.

Lo que dice la ley

Cabe recordar que la Ley Provincial de Conservación de Suelos detalla, ente otros aspectos, las definiciones de erosión, las acciones de fiscalización, los procesos de remediación y las sanciones a los infractores.

La ley indica: “En las zonas donde los procesos de degradación de los suelos tiendan a ser crecientes y progresivos incrementando la situación de deterioro de la capacidad productiva de los mismos, la Autoridad de Aplicación: a) Deberá declararlas como Distritos de Recuperación de Suelos. En dichos Distritos será obligatorio el cumplimiento de los protocolos de recuperación de suelos; b) Deberá publicitar en forma suficiente el alcance de los protocolos y los predios que se encuentren comprendidos en los Distritos mencionados en el presente artículo; c) Podrá requerir la colaboración de los profesionales habilitados a fines de la implementación de los protocolos que se definan en cada caso, y d) De considerarlo conveniente, deberá requerir la presentación de un plan predial que contemple las prácticas tendientes a implementar acciones de recuperación de los suelos.»

A partir de ahora, en primera instancia las autoridades ministeriales impondrán un plazo de entrega del Plan Predial de Remediación, que posteriormente el equipo de Fiscalización y Control se encargará de seguir su cumplimiento. Caso contrario, se procederá a determinar una sanción al responsable.