Exención de impuestos a los damnificados por las inundaciones

Luego de las inundaciones que azotaron a buena parte de la provincia en febrero, el Gobierno de Córdoba dispuso la exención del pago de impuestos a todos los damnificados por el temporal.

A raíz de esto, el Poder Ejecutivo Provincial ha decidido eximir de los siguientes impuestos: el Impuesto Inmobiliario Urbano y de los fondos que se liquidan conjuntamente con el mismo, correspondientes a la anualidad 2015; el Impuesto a la Propiedad Automotor, por toda la anualidad 2015; el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los pequeños contribuyentes que tributen por el régimen especial de monto fijo por el periodo enero a junio de 2015. Asimismo, para los restantes contribuyentes del referido impuesto, se establece la no exigibilidad de la obligación de pago de los importes mínimos mensuales por los  periodos mencionados.

Además, se ha dispuesto la eximición del pago de la Tasa Retributiva del Registro General de la Provincia para la recuperación de títulos de propiedad de los inmuebles castigados por las inundaciones.

Los contribuyentes y/o responsables que hubieran abonados los gravámenes mencionados anteriormente, se les reconocerá un crédito a favor para el pago de futuras obligaciones en dichos impuestos.