Es ley la «tolerancia cero» de alcohol en rutas provinciales

La Legislatura provincial aprobó ayer la ley de “tolerancia cero” de consumo de alcohol en quienes circulen por las rutas provinciales. La medida implica un cambio en el nivel actual permitido de alcohol en sangre (de 0,4%) en los conductores de motos, automóviles, camiones y colectivos.

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La norma entrará en vigencia a partir del 10 de marzo del año entrante y será aplicada sólo en las rutas provinciales controladas por la Policía de Córdoba. Mientras que en la ciudad de Córdoba, seguirá vigente la normativa que permite en quienes conducen ese valor mínimo de 0,4 de alcohol en sangre.

De todas maneras, la Provincia invita a los estados municipales a sumarse a esta iniciativa, para poder así llevar la medida a todo el territorio provincial.

Conductor designado. La norma le da un marco jurídico a la figura del conductor designado, Regirá en todos los locales de diversión nocturna de la provincia. Así, según establece la ley, “todo grupo de dos o más personas que pretenda ingresar a un local de diversión nocturna deberá designar de entre sus miembros un conductor designado, quien deberá prestar expresa conformidad a tal fin; no pudiendo ingresar al establecimiento sin cumplimentar con este requisito”.

El conductor designado, que deberá ser identificado con algún método e ingresará sin cargo al establecimiento,  no podrá tomar bebidas alcohólicas. Sus datos personales “serán consignados en el registro que cada establecimiento deberá llevar a tal fin, y le será retenida la licencia de conducir hasta su egreso del local”.

El no cumplimiento de la disposición hará que el conductor designado sea sancionado con inhabilitación de hasta seis meses. También prevé una sanción para el establecimiento nocturno que haya infringido con esta regla.

Pprevio a la aplicación de la ley, el Estado provincial lanzará campañas de información y concientización respecto a la nueva ley y a la prevención de accidentes de tráfico.