Se oficializó la salida de Córdoba del Pacto Fiscal de 1992

En la mañana de hoy el Boletín Oficial de la Provincia publicó la ley 10077 cuya normativa establece en su primer artículo la denuncia a partir del ejercicio fiscal corriente del “Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los gobiernos Provinciales” celebrado en la ciudad de Buenos Aires en agosto de 1992 y que fuera ratificado por ley nacional  n° 24.130.

La normativa establece en su artículo número 3 que el incremento de los recursos de la coparticipación federal de impuestos  generado con motivo de la denuncia del acuerdo mencionado se afectará a cubrir el déficit de la Caja de Jubilaciones. El remanente formará parte de los recursos que por ley se coparticipan con las municipalices y comunas de la Provincia.

“Afectase el incremento de los recursos de la coparticipación federal de impuestos generados por motivo de la denuncia del acuerdo, a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, hasta la concurrencia de los déficits que registra el organismo. El remanente formará parte de los recursos que por ley se coparticipan con las municipalidades y comunas de la Provincia”, expresa el artículo 3.

La flamante normativa extiende la denuncia a las cláusulas de los convenios posteriores ratificatorias de su vigencia y/o que establezcan que la distribución de la masa de fondos a coparticipar, a que se refiere el artículo 2 de la Ley Nacional n° 23.548, se seguirá realizando conforme al acuerdo denunciado. A estos efectos, se deberá dar noticia fehaciente de la presente Ley a todas las jurisdicciones signatarias del Acuerdo de Referencia.

Asimismo, el articulado establece que se deberá requerir al Estado Nacional la inmediata extinción de los efectos jurídicos emergentes del acuerdo denunciado respecto de la Provincia de Córdoba, el cese inmediato y automático de la detracción sobre la masa bruta de impuestos coparticipables de conformidad con lo dispuesto por la ley nacional 23.548 de los importes que surgen de la aplicación de la cláusula primera del Acuerdo denunciado en la presente Ley a los fines del cálculo de la proporción que le corresponde a la Provincia y la repetición de las sumas que correspondiere.