Con amplio consenso, aprueban Ley de Convivencia Ambiental

La Legislatura de Córdoba sancionó este miércoles la ley de política ambiental provincial, norma destinada a establecer el marco “para la gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable que promueva una adecuada convivencia de los habitantes con su entorno en el territorio de Córdoba”, según se lee en el despacho de comisión.

El nuevo instrumento legal se incorpora al esquema normativo vigente que consta de la ley Nº 7343 más normas concordantes y complementarias, “modernizando y definiendo los principales instrumentos de política y gestión ambiental y estableciendo la participación ciudadana en los distintos procesos de gestión”, reza el texto.

Entre los objetivos que se fija figuran el cumplimiento de los presupuestos de la ley nacional Nº 25.675, la provincial Nº 7343, así como los de “promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras en forma prioritaria y la participación ciudadana en forma individual y a través de organizaciones no gubernamentales, académicas y científicas, actores y diversos sectores que afecten el ambiente”.

La norma aprobada hoy también se impone como propósito “organizar e integrar la información ambiental provincial garantizando su libre acceso y la obligación de informar tanto del sector público como del sector privado”, y  “promover en el ámbito del Ministerio Público Fiscal la asignación de competencia especializada para la investigación penal preparatoria en materia de delitos ambientales”.

Además de garantizar la prevalencia de la Ley General del Ambiente sobre la normativa provincial y municipal , consagra entre otros principios el de prevención , disponiendo que “las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir”.

Establece asimismo que “cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del ambiente”.

La ley consagra también el principio de responsabilidad según el cual, “el generador de efectos degradantes del ambiente -actuales o futuros- es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan”.

Junto con la exigencia de un uso sustentable del ambiente que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras, señala que  “la Provincia, los municipios y las comunas son responsables de la prevención y mitigación de los efectos ambientales adversos de su propio accionar, así como de la minimización de los riesgos ambientales sobre los sistemas ecológicos compartidos”.

Textuales

Eduardo Yuni, bloque UCR: «Creemos (desde el radicalismo) que es una ley que va a mejorar lo que está pasando medioambientalmente en Córdoba, tanto en el esquema de participación social, de transparencia y en lo que tiene que ver con los proyectos de desarrollo de la provincia. La ley da seguridad jurídica a quien quiera venir a desarrollar e invertir en Córdoba. Reglas de juego claras, transparencia, información pública y participación social  es lo que garantiza esta ley, que ha salido por consenso de la Legislatura y que va a ayudar a que en Córdoba tengamos una media ambiental que realmente será una de las mejores del país.

Vinieron ciudadanos, instituciones, universidades, partidos políticos, organizaciones mediambientales. Esta Legislatura ha logrado con mucho esfuerzo, entre todos los partidos políticos, entender que leyes como esta son estratégicas para el desarrollo de Córdoba. No vamos a menguar nuestro trabajo para que sea una buena ley aplicada por el gobierno que hoy los cordobeses han elegido».

Carlos Gutiérrez, bloque UPC: «Es una ley que más que tal es un verdadero código de convivencia ambiental de todos los cordobeses, como lo ha calificado la propia oposición. Un proyecto sin duda ambicioso y que constituye fuertemente en la dirección que demanda la sociedad. No es, como se dice maliciosamente, una ley a favor o en contra de tal. Como lo hemos expresado desde distintos bloques, si esta ley hubiese existido en el pasado inmediato, muchas de las cosas que generaron crispación y diferencias no hubiesen sucedido. Supera incluso ampliamente la ley de presupuestos mínimos nacionales, e incluye aspectos sumamente novedosos como los de la necesariedad de la consulta popular, la audiencia pública, mecanismos de participación ciudadana que regula y reglamenta convenientemente sin transformarse en un impedimento, para que sigan produciéndose inversiones cumpliendo con los requisitos mediambientales».

Sergio Busso, titutar bloque UPC: «La nueva Ley de Convivencia Ambiental es una norma que fue trabajada a partir de una iniciativa del Ejecutivo, y luego por más de tres meses en las distintas comisiones con la incorporación y el aporte de todos los bloques parlamentarios y amplios sectores de la sociedad: más de 30 organizaciones de todo tipo, incluidas universidades, sectores empresariales, sindicales, asambleas ambientales y ONG´s que dejaron sus aportes y que fueron receptados. Es una ley con amplio consenso que permite de cara al futuro tener una legislación en materia ambiental muy novedosa.

Premisas

La flamante política ambiental provincial establece entre otras premisas la de la “prevención y el control de la contaminación ambiental, principalmente en las fuentes emisoras. Los costos de la prevención, vigilancia, recuperación y compensación del deterioro ambiental corren a cargo del causante del perjuicio”.

En el mismo capítulo advierte que  “ninguna consideración o circunstancia puede legitimar o excusar acciones que pudieran amenazar o generar riesgo de extinción a cualquier especie, sub-especie o variedad de flora o fauna ni generar erosión de los recursos genéticos, así como a la fragmentación y reducción de ecosistemas”.

Reclama  por otra parte “la promoción del desarrollo y uso de tecnologías, métodos, procesos y prácticas de producción y comercialización más limpias, incentivando el uso de las mejores tecnologías disponibles desde el punto de vista ambiental”.

El  ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos será el organismo de aplicación. El ordenamiento ambiental del territorio  “debe asegurar el uso adecuado de los recursos ambientales, posibilitar la producción armónica y la utilización de los diferentes ecosistemas, garantizar la mínima degradación y desaprovechamiento y promover la participación social en las decisiones fundamentales del desarrollo sustentable”.

La ley fija pormenorizadamente el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y la forma en cómo debe realizarse, así como la  modalidad de otorgamiento de la licencia ambiental.