IPJ dictó la resolución general del Registro Público

En el marco del proceso de sistematización y readecuación de normas al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia (IPJ) dictó, el pasado 18 de agosto, la Resolución General N° 45, que reglamenta los procedimientos internos, títulos y documentos que deben ser acompañados ante el Registro Público a su cargo.

En su parte general, la norma regula los efectos de la inscripción, control de legalidad, tracto e inexactitud registral. El Título II trata de las inscripciones registrales de sociedades por acciones, sociedades no accionarias, sociedades constituidas en el extranjero, contratos asociativos y fideicomisos, transferencias de fondo de comercio, matriculas individuales, poderes y mandatos, anotación de medidas cautelares y concursales, y registro provincial de libros contables y sociales. Por su parte, el Título III tematiza sobre la publicidad registral y copias certificadas, estableciendo que únicamente se reciben los Formularios Normatizados descargados de la página web de la Inspección de Personas Jurídicas (https://ipj.cba.gov.ar/), debiendo completarse en computadora o máquina de escribir por duplicado.

El dictado de la Resolución General N° 45, en consonancia con la RG N° 31 sobre asociaciones civiles y fundaciones, busca afianzar la seguridad jurídica en la provincia de Córdoba, dando certeza y previsibilidad a todos los usuarios del organismo de control, al definir con claridad los requisitos necesarios para cada uno de los trámites iniciados.

El director General de IPJ, Guillermo García Garro, consideró que “el dictado de la resolución general es otro importante avance en la sistematización normativa, y fue posible gracias al esfuerzo cooperativo de las jefas del Registro Público y del Área Jurídica, María Lujan y Soledad Soler, respectivamente”. Asimismo, el funcionario indico que se encuentra abocado al estudio de la resolución general de sociedades por acciones, a los fines que la regulación integral de la Inspección de Personas Jurídicas esté contenida luego en una sola norma.