Reglamentan sanciones por alcoholemia

Tras la publicación ayer en el Boletín Oficial, rige en toda la provincia de Córdoba el nuevo Codificador de Infracciones de tránsito, por el cual se sanciona drásticamente a aquellos automovilistas que conduzcan alcoholizados, bajo efectos de drogas o se nieguen a realizar las pruebas que puedan asegurar el grado de intoxicación

El conductor que transite con una ingesta de hasta 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre y se manifieste razones médicas, o hasta 0,4 gramos por litro de sangre, será inhabilitado por un máximo de 3 meses, debiendo abonar en concepto de multa, el equivalente a 200 unidades fijas: $ 2.438 , según detalla la resolución de la Secretaría de Seguridad.

Por manejar con una tasa del alcoholemia superior a 0,4 gramos por litro de sangre y menor a 0,55, la prohibición para conducir vehículos podrá alcanzar los 6 meses, debiendo pagar $ 4.876 .- (400 UF)

Para los casos de aquellos automovilistas que transiten con una tasa de alcoholemia superior a 0,55 gramos por litro de sangre y menor a 1 gramo, perderán su permiso para manejar por un máximo de 1 año, con una multa de $ 9.752.- (800 UF)

Quienes estén a cargo de vehículos habiendo superado la ingesta de 1 gramo por litro de sangre como el negarse a realizar pruebas para determinar su grado de intoxicación alcohólica o por drogas, podrán ser inhabilitados para conducir por un máximo de 1 año, y tendrán que hacer frente a una sanción monetaria de $ 14.628.- (1.200 UF)

El Codificador actualizado también señala que por conducir habiendo ingerido estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, podrá perder su licencia y ser obligado a abonar entre $ 2.438.- y $ 4.876.

La Unidad Fija es igual al costo del litro de nafta de mayor octanaje que se comercializa en la provincia de Córdoba a través de las estaciones de servicio del Automóvil Club Argentino, siendo su valor actual $ 12,19 (no se incluye la Tasa Vial).

Se recuerda que hasta el 10 de junio, quienes sean detectados con un máximo de 0,4 gramos de alcohol en sangre, solo serán apercibidos por la Policía Caminera, no así los que superen dicho índice que serán sancionados de acuerdo a la Ley vigente.