Recomendaciones para Argentina sobre ley penal juvenil

El organismo de Naciones Unidas especializado para el seguimiento de la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño (CDN), en sus observaciones a la Argentina, manifestó preocupación porque el sistema de justicia de menores sigue estando administrado por la Ley Nº 22278, a pesar de su incompatibilidad con la Convención.

El comité reiteró su recomendación al país de adoptar una ley integral sobre justicia juvenil consistente con la Convención y normas internacionales sobre justicia juvenil, particularmente en relación a garantizar que la detención se utilice como último recurso y durante el período más breve posible de tiempo, y que no incluya disposiciones que aumenten las sentencias o reduzcan la edad de responsabilidad penal.

En su amplio informe que abarca todos los derechos y diferentes situaciones de las niñas, niños y adolescentes en nuestro país, el comité encomendó que la educación en salud sexual y reproductiva sea parte de la currícula escolar obligatoria, con especial atención a la prevención del embarazo precoz y las infecciones de transmisión sexual, y que se desarrolle con la participación de adolescentes y niños. A su vez, el organismo especializado solicitó al país garantizar el acceso a servicios de aborto seguro y atención postaborto para niñas adolescentes, asegurando que sus opiniones siempre se escuchen y se tengan debidamente en cuenta.

Si bien el comité celebró la designación en cinco provincias de Defensores del Niño  -entre ellas Córdoba-,  el organismo recomendó a la Argentina adoptar las medidas necesarias para que la Comisión Bicameral acelere el nombramiento de Defensor Nacional para la Niñez y la Adolescencia, con una asignación adecuada de recursos humanos, técnicos y financieros.

Todos los Estados que firman y ratifican la CDN presentan cada cinco años un informe oficial sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes, y sobre los avances en el cumplimiento de sus derechos. El comité contrasta el informe oficial con los “informes sombra” que elaboran las organizaciones de la sociedad civil, y con los documentos que emiten expertos independientes, para hacer una devolución. El comité aprobó el 1 de junio las observaciones finales a los informes periódicos quinto y sexto presentados por Argentina, y a las respuestas entregadas por el Estado argentino ante requerimientos específicos.

Las observaciones que el comité emite constituyen herramientas para exigir al Estado el cumplimiento de estándares de derechos humanos.