Ley de Seguridad Eléctrica: a un año de su puesta en vigencia

El 1 de diciembre de 2017, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) puso en vigencia la Ley 10.281 de Seguridad Eléctrica para la Provincia de Córdoba. Desde entonces, en todo el territorio provincial se exige la presentación de un “Certificado de Instalación Eléctrica Apta” emitido por “Instalador Electricista Habilitado” a los fines del otorgamiento de todo servicio eléctrico.

En la actualidad, el Ente Regulador cuenta con 20.743 electricistas que forman parte de su Registro de Instaladores Habilitados, los cuales fueron incluidos a través de resoluciones de la Gerencia de Energía.

De ese total, 13.048 corresponden a la Categoría I (profesionales con título de grado universitario, con alcance o incumbencia en la especialidad eléctrica). En tanto, 1.855 integran la Categoría II (técnicos con título habilitante, con incumbencia en la especialidad eléctrica), mientras que 5.840 componen la Categoría III (idóneos con capacitación relacionada a la especialidad eléctrica).

Asimismo, desde diciembre del año pasado se han emitido 112.500 certificados de Instalación Eléctrica Apta.

De esta manera, desde la entrada en vigencia de la normativa es obligatoria la emisión de un certificado de Instalación Eléctrica Apta firmado por un electricista habilitado para:

  • Nuevas instalaciones.
  • La reanudación del servicio, en instalaciones existentes, que implique nuevo contrato, donde se verificará el cumplimiento de condiciones mínimas de seguridad.
  • Modificaciones y ampliaciones de las instalaciones eléctricas.
  • Instalaciones de uso circunstancial y carácter provisorio.
  • Instalaciones de usuarios que internamente generen su propia energía eléctrica y se encuentren vinculadas a la red de distribución.

Municipios, comunas, inmuebles y lugares de acceso público

También desde el último mes de 2017 corre el plazo de 2 años a fin de que los municipios, comunas o titulares de instalaciones de alumbrado público o señalización existentes, efectúen la adecuación de dichas instalaciones a la normativa dictada por el ERSeP, acreditándola ante la correspondiente distribuidora mediante la presentación del Certificado de Instalación Eléctrica Apta.

Con idéntico plazo cuentan los titulares de las instalaciones eléctricas existentes de todos los inmuebles, lugares y locales de acceso público, sean estos interiores o exteriores, de carácter público o privado.

Sobre cursos y exámenes

Para formar parte del Registro de Instaladores Electricistas Habilitados del ERSeP, los postulantes idóneos Categoría III deben validar sus conocimientos. Pueden hacerlo mediante un curso de capacitación, o bien rindiendo un examen. 

En la actualidad existen más de 60 convenios de colaboración firmados con instituciones públicas y privadas, lo cual posibilita habilitar un importante número de espacios académicos donde rendir examen y cursar la capacitación en distintos puntos de la provincia.

Así, se han desarrollado 186 cursos equivalentes a 30 mil horas de capacitación.

Por último, el Ente Regulador -por intermedio de sus autoridades y del personal del área de Seguridad Eléctrica- ha concretado más de 50 charlas informativas en distintos puntos de la provincia, con el objeto para difundir los alcances de la aplicación de la Ley 10.281.