En enero habrá receso en la Administración Pública

El gobernador José Manuel de la Sota firmó el decreto N° 1292 que establece el receso administrativo en el mes de enero de 2013 en el ámbito de la Administración Pública Provincial.

La medida contempla la no afectación de los servicios públicos esenciales y áreas críticas, como así también al personal que resulte necesario afectar a guardias mínimas para el cumplimiento de tareas consideradas indispensables.

En este sentido, quedan exceptuados del instrumento legal firmado por el mandatario cordobés las siguientes jurisdicciones: el Ministerio de Salud (los agentes comprendidos en las leyes N° 7625 y 7233, que presten servicios en centros asistenciales.); Ministerio de Seguridad (Policía y Dirección de Defensa Civil); Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Servicio Penitenciario); Ministerio de Transporte y Servicios Públicos (las áreas y el personal que a tal efecto se designe); Ministerio de Educación (escuelas de ciclo especial de verano); Dirección General de Rentas (áreas de atención al ciudadano); Ministerio de Administración y Gestión Pública (para los agentes asignados al manejo del Plan de Contingencias y Dirección de Jurisdicción de Mesa de Entradas).

Un ordenado manejo de los recursos materiales y humanos, como así también la racionalización del gasto público, hacen conveniente disponer el receso del Poder Ejecutivo durante el mes de enero, ya que la experiencia indica que en este periodo se observa una marcada disminución de trámites y gestiones en determinadas áreas  del Gobierno Provincial, registrándose menores niveles de actividad y requerimiento de servicios por parte de los ciudadanos, en especial en todas aquellas vinculadas con los Poderes Legislativo y Judicial.

En dicho mes, a la Dirección de Jurisdicción de Mesa de Entradas del Ministerio de Administración y Gestión Pública le será asignada la función de Mesa de Entradas de todo trámite o gestión administrativa, para su posterior redistribución a las áreas que correspondan.

La normativa establece que los organismos descentralizados de la Administración Pública Provincial pueden dictar normas análogas, otorgando la licencia anual ordinaria a su personal, sin afectar la prestación del servicio a su cargo.