Rentas extiende al 31 de octubre su plan de regularización de deudas

La Dirección General de Rentas de la Provincia informa que los contribuyentes y/o responsables que adeuden al fisco montos por tributos, actualización, recargos, intereses, multas y/u otros recursos vencidos al 30 de junio de 2015 —cualquiera sea la instancia de cobro en que se encuentren— podrán acceder hasta el 31 de octubre de 2015 al régimen excepcional de facilidades de pago previsto por el Decreto Provincial N° 840/2015.

La excepción alcanza a obligaciones vencidas al 30 de junio de 2015 correspondientes a deudas del Impuesto Inmobiliario, Impuesto a la Propiedad Automotor, Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos. También a deudas en proceso de Fiscalización – Determinación de Oficio.

En cuanto a las multas de la Policía Caminera, las facilidades comprenden a aquellas firmes al 31 de mayo de 2015 y también multas no firmes.

Cuota 51 Impuesto Inmobiliario: hasta el 31 de octubre de 2015 se podrá cancelar la Cuota 51/2014, considerándose este pago en término en forma excepcional.

En el caso de Ingresos Brutos, es requisito tener presentadas todas las DDJJ vencidas hasta la solicitud de los beneficios.

Las deudas vencidas hasta el 31 de diciembre de 2014 (incluyendo período 12 o saldo del 2014, para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos) pueden acceder a diferentes descuentos en intereses y punitorios, que van desde el 70% (para el caso del pago de contado y hasta en tres cuotas), y entre 50% y hasta el 10% de reducción para el pago en cuotas según su cantidad (entre 4 y 24 cuotas).

También se puede optar por pagar hasta en 36 cuotas. En este caso no hay quita de recargos e intereses por mora. Y en todos los casos el monto mínimo de la cuota es de $300.

Si la deuda a regularizar venció desde el 1 de enero de 2015 hasta el 30 de junio del corriente año, el descuento en los recargos llega hasta el 50 por ciento si se abona de contado, o hasta en tres cuotas. Si se opta por el pago de cuatro a seis cuotas, no hay quita de recargos e intereses por mora.

En el caso de deuda por multas de la Policía Caminera, cuando son firmes al 31 de mayo de 2015 se condona un 50% su monto y se reduce sus intereses desde un 50%  a un 10%  según la cantidad de cuotas que abona, siendo el máximo de 12 cuotas. En el caso de multas no firmes se reduce un 30% su monto si se abona al contado.

Se podrá acceder al mencionado régimen hasta el 31 de octubre de 2015.

Para obtener mayor información sobre este régimen o recibir cualquier tipo de asesoramiento, ingrese a www.dgrcba.gov.ar, comuníquese gratuitamente al 0800-444-8008 o diríjase a cualquiera de los ochenta y cincos centros de atención de la Dirección General de Rentas de la Provincia.