Nuevas modalidades electrónicas para el pago de Ingresos Brutos

La Dirección General de Rentas informa que los contribuyentes y agentes de Ingresos Brutos deberán abonar el impuesto provincial sólo por medios electrónicos de pago, aunque el cambio se realizará de manera progresiva y según el régimen en el que se encuentren.

La disposición que rige para los próximos meses surge en base al uso que los mencionados contribuyentes realizan de estas herramientas digitales y a raíz de los beneficios que aportan: una mayor franja horaria para sus gestiones; así como más seguridad, considerando que se evita el traslado de valores a los puestos de cobranza.

Según lo establecido por la Resolución Normativa N° 63 vigente desde junio pasado, los contribuyentes y agentes de Ingresos Brutos que ya utilizan el sistema de transferencia electrónica de datos para la presentación de las Declaraciones Juradas (denominado OSIRIS en línea) deberán abonar mediante el volante de pago electrónico (VEP), ambos a través de la web de AFIP.

La modalidad de pago electrónico rige según el régimen de tributación al que pertenezcan:

A partir del 1 de agosto, los grandes contribuyentes (nominados por Res. Min. N°123/2007) deben realizar sus pagos exclusivamente mediante el volante de pago electrónico (VEP).

Asimismo, desde el 1 de octubre, los demás contribuyentes de Ingresos Brutos del Régimen General y Convenio Multilateral en sus pagos de la jurisdicción Córdoba (excepto los del Régimen Especial -monto fijo-) deberán abonar también a través del mencionado sistema.

Disposiciones para contribuyentes del Régimen Especial

Por su parte, los pequeños contribuyentes (monto fijo) deben pagar su impuesto sólo con el cedulón que se genera por la web de Rentas y, a partir de diciembre, deberán abonar exclusivamente a través de los medios electrónicos de pago (consultar en el Anexo II, “Pago Electrónico de Servicios”). Esta disposición, a partir del último mes del año, se da en concordancia con la normativa de AFIP, que también conduce a la vía virtual a los monotributistas para pagar.

Beneficios por pagos a través de la web

La resolución detalla los medios de pago electrónico para obtener el 10% de descuento en las cuotas a vencer de este año para los impuestos Inmobiliario, Automotor, Ingresos Brutos del Régimen Especial. Son los establecidos en el segmento “Pago Electrónico de Servicios”, con excepción de los cobros con tarjeta de crédito y débito en los puestos de atención.

Estas disposiciones, que se enmarcan en el Programa de Equidad Impositiva (PEI), buscan facilitar las gestiones de los ciudadanos y optimizar los sistemas de control, tendientes al cumplimiento en el pago de los impuestos.