DGR: Nuevo régimen de reencuadramiento y reempadronamiento

La Dirección General de Rentas informa que hasta el próximo 30 del corriente deberán reencuadrarse y reempadronarse aquellas asociaciones, instituciones religiosas (excepto Iglesia Católica), colegios profesionales y asociaciones profesionales con personería jurídica a fin de cumplimentar los requisitos comprendidos en la ley 10.177 –modificatoria del Código Tributario Provincial-, que prevé exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos a los mencionados organismos.

La DGR recuerda que desde el 1 de enero del 2014, la ley 10.177 –modificatoria del Código Tributario Provincial- prevé un nuevo régimen de reencuadramiento y reempadronamiento de las exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos para las asociaciones, fundaciones, instituciones religiosas (excepto Iglesia Católica), colegios profesionales y asociaciones profesionales con personería gremial en virtud del cambio de redacción de dichas exenciones previstas ahora en los incisos 3), 13) a 16) del artículo 207 del mencionado código.

A quienes se les hubiere emitido resolución reconociendo la exención sin limitación de fecha temporal caducan el 1 de enero de 2014, por lo que deberán realizar el trámite de reempadronamieno hasta el 30 de junio de 2014.

Caso contrario, corresponderá ingresar el impuesto devengado a partir del 1 de enero de 2014, y solicitar nuevamente la exención, la cual tendrá vigencia a partir de su fecha de solicitud.

A quienes se les haya reconocido la exención con fecha de limitación temporal posterior al 31 de diciembre de 2013 deberán reencuadrarse hasta el 30 de junio de 2014 en el inciso 3), 13) a 16) que le corresponde –conforme su nueva redacción- manteniéndose la vigencia de la resolución de exención original hasta la fecha consignada oportunamente en la misma.

En el supuesto de no presentar la comunicación de su reencuadramiento hasta el 30 de junio de 2014 la exención oportunamente otorgada caducará a partir del primer día siguiente al vencimiento del plazo citado.

En ambos trámites corresponderá presentar la documentación prevista en la Resolución Normativa N° 97/2013 –modificatoria de la RN 1/2011.

Para mayor información se puede llamar a 0800-444-8008 / 0800-888-9988 o ingresar a www.dgrcba.gov.ar